1. Las Partes se obligan a prestarse asistencia mutua, según las disposiciones de este Tratado, en la realización de investigaciones y diligencias relacionadas con cualquier procedimiento penal incoado por hechos cuyo conocimiento competa a la Parte requirente en el momento en que la asistencia sea solicitada. Si la resolución definitiva https://finnnmjbu.blog2news.com/29260018/extradición-méxico-españa-can-be-fun-for-anyone